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Delitos en el Mercado de Capitales: Salvaguardando la Transparencia y la Equidad

El Código Penal argentino protege la integridad de nuestro mercado de capitales a través de la sanción de diversas conductas ilícitas:

  • Agiotaje Financiero (Artículo 309): Este delito se refiere a la manipulación fraudulenta de los precios de títulos valores o divisas. Busca prevenir prácticas que alteren artificialmente la oferta y la demanda, garantizando así un mercado justo y sin distorsiones para todos los inversores.

  • Balance Falso Especial (Artículo 309): Sanciona la falsificación o suministro de información engañosa en balances, informes o documentos que deban ser presentados a las autoridades o a los inversores en el marco del mercado de capitales. Su objetivo es asegurar la veracidad de la información financiera, crucial para la toma de decisiones de inversión y la transparencia corporativa.

  • Uso y Suministro de Información Privilegiada (Artículo 307): Este delito castiga a quienes utilicen o proporcionen información relevante y no pública (conocida como "información privilegiada") para obtener beneficios o evitar pérdidas en operaciones bursátiles. Protege la equidad del mercado, impidiendo que ciertos actores obtengan ventajas desleales sobre el resto de los participantes.

 

Estos delitos son fundamentales para preservar la confianza de los inversores y la eficiencia del mercado de capitales, asegurando un ambiente de equidad y transparencia para el desarrollo económico.

Los fallos más interesantes sobre estos temas

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